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Paternidad en 2023: Derechos, Permisos y Prestaciones

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Paternidad 2023: Si vas a ser padre te interesa conocer los nuevos permisos de paternidad y prestaciones que corresponden.

Ser padre es algo maravilloso, pero cada vez es más necesario repartir derechos y obligaciones entre los dos miembros de la pareja.

Ser padre es algo maravilloso, pero cada vez es más necesario repartir derechos y obligaciones entre los dos miembros de la pareja.

Algunos de estos derechos, como el permiso por nacimiento con anterioridad al parto no los puede disfrutar el padre, pero otros como la lactancia, la excedencia por nacimiento o la reducción de jornada por guarda legal, sí.

En otros artículos anteriores revisamos las ayudas por tener un hijo en 2023 para las parejas. Puesto que cada vez es más habitual que se repartan entre los progenitores la baja por maternidad/paternidad hoy revisamos los derechos de los padres en el caso de un nacimiento (prestación) y de tener que hacer la conciliación familiar.

Prestación por nacimiento de hijo para los padres

El padre puede beneficiarse de un permiso de 16 semanas de duración por nacimiento de hijo. Esta duración es ampliable en casos de parto múltiple, discapacidad del vástago, parto prematuro u hospitalización superior a siete días. Pero no es igual que el que le corresponde a la madre.

El padre debe disfrutar obligatoriamente de seis semanas después del parto a jornada completa y de forma ininterrumpida. Hay otras diez semanas adicionales que pueden disfrutarse a jornada completa o jornada parcial, de manera ininterrumpida o en distintos periodos semanales hasta que el recién llegado cumpla doce meses.

La principal diferencia con la madre biológica es que ella puede disfrutar de ese mismo permiso por el nacimiento, pero tiene la posibilidad de adelantarlo hasta en cuatro semanas antes de la fecha prevista para el nacimiento.

 

¿Me puedo acoger al permiso por nacimiento de la madre si ella no puede disfrutarlo?

Puede darse el caso de que la madre, por motivos profesionales o de otro tipo, se vea en la obligación de renunciar a su permiso por nacimiento. Sin embargo, este permiso es un derecho individual de la mujer que trabaja. Puesto que el trabajo no puede transferirse, tampoco puede transferirse el permiso.

Por lo tanto, el padre no puede acogerse al permiso por nacimiento que corresponde a la madre si se da el caso de que ella no pueda disfrutarlo. Excepto un caso claro. Ese en el que el padre enviuda por el fallecimiento de la madre biológica durante o después del parto.

Ante esta situación, se impone la lógica y el padre -no importa si la madre trabajaba o no- pasa a tener derecho a la totalidad de las 16 semanas de permiso previstas para la madre biológica.

¿Qué ocurre si el padre es un trabajador por cuenta propia (autónomo)?

Los trabajadores por cuenta propia son los que tienen al jefe más cruel de todos. Sin embargo, la ley establece que tienen derecho a la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento de hijo, así como a percibir la prestación que corresponda y a una bonificación de las cuotas, en la misma medida que existe para los trabajadores por cuenta ajena (régimen general).

Si es tu caso, revisa cuál de estas ventajas puedes permitirte. Lo de dejar de trabajar es un tanto utópico, pero siempre podrás pedir la prestación y la bonificación de las cuotas, que nunca viene mal.

La ley establece que tienen derecho a la suspensión del contrato de trabajo, así como a percibir la prestación.

El permiso de lactancia lo puedes solicitar

En la actualidad, el permiso de lactancia lo puede solicitar el padre porque se entiende que es posible que la madre deje la leche preparada y sea el padre quien se la administre al bebé.

De esa manera, es un derecho que pueden disfrutar los dos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores. Eso sí, si trabajan en la misma empresa y tienen un único hijo, la empresa puede limitar el hecho de que los dos ejerzan al mismo tiempo ese derecho.

El periodo del permiso de lactancia cuando es compartido por ambos progenitores en duración y régimen es de doce meses (hasta que el lactante cumpla los doce meses) con reducción proporcional del salario a partir del noveno mes. Por lo tanto, si alguno de los progenitores decide prolongar este permiso hasta los 12 meses, lo tendrá que hacer sabiendo que ya no será un permiso retribuido.

Tienes derecho a la reducción de jornada o a una excedencia

Como se trata de que ambos progenitores reciban un trato igual y las mismas oportunidades en el trabajo, la ley fomenta la corresponsabilidad en materia familiar. Por lo tanto, se establece que todos los trabajadores tienen el mismo derecho y con la misma extensión, en el cuidado de los menores en común.

Así, y para que nos entendamos, si a vuestra familia le conviene que esos derechos individuales los disfrute el hombre y no la mujer, o se repartan entre ellos, es posible hacerlo, tanto si se trata de una reducción de jornada como si se trata de una excedencia.

Los casos concretos de partos múltiples o con hijos prematuros

En estos dos casos particulares, la prestación por nacimiento y el tiempo de suspensión de contrato pueden ampliarse. También en el caso de que el recién nacido tenga que estar hospitalizado más de siete días.

  • La normativa contempla una semana adicional para cada progenitor por cada hijo a partir del segundo en el caso de partos múltiples o en el caso de discapacidad del recién nacido.
  • La normativa contempla un periodo adicional de tantos días como el recién nacido se encuentre hospitalizado en el caso de un parto prematuro o que deba permanecer hospitalizado tras el parto, con un máximo de trece semanas adicionales.

De esta ampliación se excluyen las semanas de descanso obligatorio, pero se especifica que la podrán disfrutar cualquiera de los progenitores a partir del alta hospitalaria.

 

¿Qué hacer para cobrar el subsidio de la Seguridad Social si eres el padre?

En realidad, debes hacer lo mismo que la madre para tener acceso a la prestación económica.

  • Debes estar de alta
  • Debes estar al corriente en el pago de cuotas
  • Debes tener un periodo mínimo de cotización según la edad real en el momento del parto.

Más en concreto, no hay periodo mínimo de cotización para los progenitores menores de 21 años, pero se exigen 90 días cotizados en los últimos siete años previos o 180 días cotizados en total para personas de entre 21 y 26 años. A partir de los 26 años se exigen 180 días cotizados en los últimos siete años previos o 360 días cotizados durante la vida laboral.

En resumen, puesto que las responsabilidades y las obligaciones son compartidas entre los cónyuges, algunas de las ventajas, también pueden serlo. Así, ser padre en 2023 permite que las parejas se repartan más y mejor las jornadas laborales para poder disfrutar de los hijos de una forma más igualitaria.

Sigue leyendo más sobre el cuidado familiar en nuestro apartado de finanzas familiares.

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