Aunque ya es tarde para poder realizar movimientos que mejoren la tributación del año 2022, sí es muy importante conocer bien el calendario, las novedades y empezar a buscar las facturas que pueden reducir nuestra factura fiscal.
Sobre todo, este año es especialmente importante moverse con rapidez si necesitamos que la Agencia Tributaria (AEAT) nos devuelva pronto lo que corresponda. Si hemos pagado de más, cuanto antes presentemos las cuentas bien presentadas, más posibilidades tendremos de recibir rápido el dinero.
Fechas más relevantes para la declaración de la Renta 2023
- 11 de abril hasta 30 de junio: presentación a través de Internet de las declaraciones de la Renta y Patrimonio.
- 5 de mayo hasta el 30 de junio: Hacienda (AEAT) podrá hacer declaraciones por teléfono (previa solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
- 1 a 30 de junio de 2023: Hacienda (AEAT) podrá hacer declaraciones presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
Novedades en la declaración de la Renta 2023
Las principales novedades de la Declaración de la Renta 2023 son las deducciones por maternidad, familia numerosa o hijos discapacitados a cargo de la familia, y las de los autónomos por digitalizarse o por tributar por módulos o estimación directa.
La AEAT permite desgravarse 1.200 euros por cada hijo menor de tres años en algunos casos. Son, por ejemplo, el de una mujer con hijos menores de tres años por los que tenga derecho a que se aplique el mínimo por descendiente y que trabaje estando de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o mutualidad.
También permite desgravarse este importe si se produce el caso anterior, pero se ha percibido en 2022 una prestación por desempleo o una pensión pública.
En el caso de los hijos con discapacidad o por convivir con personas con discapacidad (cónyuge o ascendientes) son 1.200 euros por cada uno de ellos.
Los autónomos se podrán deducir un 5% adicional en los rendimientos netos si pagan impuestos por módulos y un 2%, hasta el 7%, en los denominados gastos de difícil justificación si pagan impuestos por estimación directa simplificada.
Además, pueden disfrutar de deducciones por haberse digitalizado en 2022 (cambiaron sus equipos informáticos) al poder incorporarlos como gasto deducible.
Cosas que no cambian este año, pero que debes recordar
Si has disfrutado de algunas deducciones fiscales los últimos años ya sabrás cómo reducir tu factura fiscal. Por si acaso, te las recordamos:
- Si compraste vivienda habitual antes de 2013 seguirás disfrutando de una deducción de 9.040 euros por persona y año. Eso supone desgravarte hasta un 15% de ese máximo. Recuerda que ese máximo sube hasta los 18.080 euros si se realiza una declaración conjunta.
- La desgravación por aportaciones a un plan de pensiones privado es de sólo 1.500 euros. Lo mismo para mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados (PPAs), planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.
- Se mantienen las deducciones por aportaciones a sindicatos y colegios profesionales en 500 euros como máximo en colegiación, siempre y cuando sea obligatoria para el desempeño del trabajo.
- Se mantiene la deducción de 150 euros máxima por donativos y aportaciones a ONGs certificadas. Necesitarás el justificante que acredite la aportación para poder desgravarla.
Operaciones realizadas que pueden reducir tu factura fiscal
Otros conceptos u operaciones que pueden permitirte pagar menos impuestos en la declaración de 2022 que harás en 2023 pueden ser menos conocidos, pero pueden darte alguna alegría.
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Reformas realizadas en casa:
Con ciertos condicionantes, las reformas realizadas en tu vivienda en 2022 pueden otorgarte beneficios fiscales. Han de ser obras destinadas a la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable y obras de rehabilitación energética.
La complicación viene a la hora de justificar los pagos, pues han de estar correctamente facturadas y acreditar las mejoras mediante los correspondientes certificados de eficiencia energética antes y después de las obras de reforma.
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Venta de una vivienda:
Dentro de esta operación se abren varios casos. Por un lado, si la persona vendedora tiene más de 65 años puede pagar menos por la posible ganancia patrimonial; incluso, quedar exento en la venta de una vivienda habitual.
Por otro lado, también puede vender una segunda vivienda con beneficio y obtener beneficios fiscales, pero siempre y cuando ese beneficio se reinvierta en una renta vitalicia con un límite máximo de 240.000 euros.
Si la persona que vende su vivienda habitual es menor de 65 años, pero reinvierte todo lo obtenido en otra vivienda habitual antes de dos años, la posible ganancia patrimonial también queda exenta.
No menos importante, pero tal vez más sabido por todos los ahorradores en el caso de que vendan una vivienda, es la necesidad de recuperar todas las facturas que permitan reducir el precio de venta o que eleven el precio de compra en su momento. Así se demuestra que ha habido menos beneficio en la operación (menos ganancia patrimonial) y, por lo tanto, se pague menos.
No es muy complicado si se han guardado las facturas de las reformas realizadas en la vivienda desde que se compró.
Otra forma de pagar menos impuestos cuando se ha ganado dinero con la venta de una vivienda es compensar estas ganancias con otro tipo de perdidas, como pueden ser las financieras sufridas por ventas de acciones o fondos de inversión con pérdidas a lo largo del año pasado.
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Algunas partidas de los colegios:
Cada Comunidad Autónoma permite desgravarse ciertos gastos derivados del colegio como las clases de inglés o el uniforme obligatorio, siempre hasta cierto punto y justificando los gastos con facturas.
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Costas procesales:
Un último aspecto menos conocido que también permite rebajar la factura fiscal procede de las costas procesales. En el caso de ir a juicio y perder, es posible desgravarte lo pagado por indemnización y por las costas procesales si saliste condenado.
En el caso de que la justicia te diera la razón, como se trata de demostrar que has ganado menos, es posible deducirte del importe que recibas las costas (gastos en los que incurriste con motivo del pleito).
En resumen, con vistas a la Renta 2023 conviene recurrir al asesoramiento fiscal profesional para identificar las partidas que nos pueden permitir pagar menos impuestos y hacerlo con tiempo para poder obtener las facturas.
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