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¿Quién debe pagar el entierro? Leyes y gastos de fallecidos y herederos

¿Quién debe pagar el entierro?

Algunos de los asuntos en los que existe un desconocimiento mayor sobre las leyes y gastos son los que tienen que ver con la muerte. Es un asunto espinoso que procuramos evitar, hasta que nos llega. Entonces, al hecho de enfrentarnos con la verdad, tenemos que añadir nuestra ignorancia, lo que lo complica todo.

Algunos de los asuntos en los que existe un desconocimiento mayor sobre las leyes y gastos son los que tienen que ver con la muerte. Es un asunto espinoso que procuramos evitar, hasta que nos llega. Entonces, al hecho de enfrentarnos con la verdad, tenemos que añadir nuestra ignorancia, lo que lo complica todo.

¿Sabes que como heredero estás obligado a pagar los gastos funerarios, aunque el difunto no hubiera dejado bienes? ¿Sabes que no puedes tirar las cenizas donde quieras o fuese voluntad del difunto? ¿Sabes que los nichos tienen una validez de sólo diez años y que, si no la renuevas, sacarán del nicho lo que haya dentro?

En primer lugar, debes saber que los sistemas funerarios en España dependen de las comunidades autónomas y las entidades locales, aunque existe una normativa general que regula aspectos tales como el coste de un enterramiento, el traslado de un cuerpo de un cementerio a otro o el traslado de las cenizas en avión con un pasajero.

¿Hay que enterrar o incinerar a un fallecido por obligación?

Lo primero que debes saber es que existe la obligación legal de enterrar o incinerar a nuestros difuntos en las 48 horas que siguen a su fallecimiento. Y da igual la voluntad del difunto o la decisión o indecisión de la familia.

Esto supone que quien solicite la prestación del servicio funerario, los herederos o legatarios, deben abonar los costes. Son los costes propios del entierro y los gastos administrativos tales como las tasas reguladas por cada ayuntamiento. Y no pueden depender de si el difunto ha dejado o no bienes o un seguro para ello.

Es un servicio público, con unas tarifas mínimas por los servicios básicos y que cubre el ayuntamiento cuando el difunto no tiene familiares o los que tiene demuestran que no disponen de recursos económicos para ello.

El espacio en el cementerio es prestado

El derecho funerario contempla el derecho de uso exclusivo del espacio asignado durante el tiempo fijado en la concesión, pero nunca cede la propiedad del suelo. Esto implica que el dinero que se paga por un nicho es un alquiler a largo plazo (normalmente 10 años).

Este derecho de uso durante la vigencia de la concesión administrativa exige unos pagos por derecho de ocupación que, de no realizarse, permitirá la exhumación del cadáver, restos o cenizas. Estos restos no se ‘tiran’, sino que se trasladan a un enterramiento común o se incineran.

En las tumbas o columbarios este título puede alcanzar los 99 años, pero se reduce a diez en los nichos. Son plazos prorrogables si se realizan los trámites y se pagan las tasas correspondientes.

Existe la creencia de que son nichos ‘comprados para siempre’ porque son plazos largos, pero lo cierto es que hay que renovar los pagos del derecho de enterramiento para evitar que los restos sean sacados del nicho. Y lo que suele ocurrir es que, unos por otros, por olvidos o razones económicas, los herederos no los renuevan.

¿Hay que enterrar o incinerar a un fallecido por obligación?

Cuidado con tirar las cenizas por ahí…

Algunas personas solicitan a sus familiares que se deshagan de sus cenizas en algunos lugares determinados. Uno de los más habituales es el mar. Pues bien, no puedes hacerlo por tu cuenta bajo una sanción que puede alcanzar los 900 euros.

Para ello debes solicitar una autorización a la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento y cumplir con unos requisitos. Básicamente, no puedes tirarlas al mar directamente y deben ir en el interior de una urna especial, homologada y biodegradable.

Los expertos de Legálitas recuerdan que es complicado conseguir uno de esos permisos siendo particular y que hay que contratar a una empresa especializada para ello.

¿Se pueden llevar cenizas en un avión?

Otro asunto delicado es el de si se puede o no volar con las cenizas de un familiar como equipaje de mano. Sí, es posible y no tiene coste adicional, pero hay que hacerlo en una urna funeraria debidamente cubierta y con empaquetado antirrotura.

Lógicamente, conviene llevar el Certificado de Defunción e Incineración.

¿Se pueden trasladar los restos de un cementerio a otro?

Es posible trasladar los restos mortales de un familiar de un cementerio a otro, pero hay que seguir ciertos trámites burocráticos. Por ejemplo:

  • una autorización sanitaria si hay un cambio de comunidad autónoma,
  • un certificado de defunción que indique la causa de la muerte de la persona,
  • la autorización del titular de la sepultura desde donde se vaya a efectuar el traslado,
  • y todos los documentos que acrediten el parentesco directo entre el solicitante del traslado y la persona fallecida.

Con toda la documentación debidamente presentada, habrá que esperar un plazo máximo de tres meses. Solo si la respuesta es positiva (el silencio no es respuesta positiva en este caso) hay que contratar un servicio funerario para que se encargue del traslado.

¿Se puede trasladar un cadáver de un país a otro?

Esta situación es tremendamente compleja porque la exhumación de cadáveres para su traslado al extranjero solo se autoriza si el cadáver ha sido embalsamado o sometido a procedimientos específicos de conservación transitoria que garanticen su estado hasta la inhumación.

Hay que ponerse en contacto con el cónsul o funcionario encargado de estas cuestiones funerarias en el país donde se encuentra el cadáver para poder iniciar el expediente de traslado. Por lógica, para poder hacer este traslado se precisa autorización para la salida del cadáver, así como como para su entrada.

Hasta aquí los principales aspectos legales que debes conocer sobre el derecho funerario en España. Como se trata de temas espinosos para la familia y las finanzas familiares cuando hay que enfrentarse a ellos, conviene tener ciertas nociones para poder pasarlos de la manera más rápida e indolora posible.

Sigue leyendo más sobre cómo gestionar tu dinero en nuestro blog de finanzas personales.

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