Y es tan sencillo como que -si tu herencia no aclara y facilita el acceso a tus activos digitales- tus herederos podrían no tener acceso a ellos.
Hablamos de vídeos y fotos familiares que podrían permanecer en la nube o en las redes sociales mucho después de tu fallecimiento y que, sin embargo, estarían lejos del alcance de tus seres queridos.
Y claro, si hablamos de activos con valor monetario, hablamos de un dinero perdido. No son solo fotos o vídeos, hay mucho más.
Activos digitales que puedes tener
La lista de activos digitales que podemos tener en estos momentos es amplia y sigue creciendo:
- Bitcoin, ether y otras criptomonedas.
- Non-fungible tokens (NFTs).
- Nombres de dominio para websites.
- Vídeos y fotografías digitales.
- Derechos digitales sobre trabajos literarios, musicales, teatrales o cinematográficos.
- Cuentas digitales en firmas de apuestas deportivas.
- Contenidos en blogs.
- Canales de video online donde se monetiza el contenido a través de la publicidad.
- Avatares para juegos online que han conseguido bienes o servicios online que podrían tener un valor en el mundo real.
Activos digitales que debes tener bajo control
Tu puedes tener todos tus activos digitales bajo control, pero si por asegurarte de que permanecen inviolados y seguros nadie más puede acceder a ellos cuando tu no estés, se habrán perdido.
Piensa que los guardas en teléfonos móviles, ordenadores, tablets o en la nube. Son dispositivos que envejecen pronto (obsolescencia) y suelen acabar en un punto limpio porque no hay compradores para ellos.
Y el contenido en la nube o el que has subido a las redes sociales está protegido por contraseñas que solo tu conoces.
Por lo tanto, si nadie más sabe lo que tienes, dónde lo tienes (nube, redes sociales, dispositivos, etc.) y cómo acceder a ello (contraseñas), es como si no existiera. Además, es importante conocer los términos de uso que afectan al acceso y al control de estos datos. Por ejemplo ¿has pensado si quieres que tu cuenta de Facebook o Instagram te sobrevivan?
A medida que la propiedad digital se hace norma, hay que controlarla
Otro aspecto que debemos valorar es que la propiedad digital es, desde un punto de vista legal, como cualquier otra propiedad. Esto es, un bien o derecho que puede ser traspasado de una persona a otra a través de donaciones o herencias.
Sin embargo, las leyes que regulan la propiedad digital están todavía evolucionando, del mismo modo que lo hacen las redes sociales y los motores de búsqueda.
De momento, se ha dado prioridad a la seguridad.
Por ese motivo, debes entender qué quieres que pase con todos estos activos cuando no estés. Un exceso de seguridad puede impedir que se cierren tus cuentas o que se pierda la propiedad de activos digitales o digitalizados.
Estas son las cuatro barreras con las que se van a encontrar tus seres queridos:
- Contraseñas. Si tu familia desconoce tus credenciales de acceso a tus redes sociales, webs favoritas de apuestas, finanzas, inversiones, etc. no podrán acceder a esa información o propiedad. Algunas de estas contraseñas, como las de tu ordenador o tablet pueden ser recuperadas por técnicos informáticos, pero otras son muy complicadas y otras más, imposibles de recuperar. Por ejemplo, la cartera electrónica donde guardas tus criptomonedas. Si pierdes esas claves, perderás la propiedad de tus activos, pues no hay servicio de atención al cliente.
- Encriptado de datos. Muchos activos digitales están encriptados, con lo que ofrecen otra capa de seguridad adicional. Pasa, por ejemplo, en algunos de los móviles más modernos: una elevada seguridad puede impedir que nadie, ni tus seres queridos cuando no estés, puedan acceder al teléfono y su contenido.
- Leyes criminales. Las leyes protegen sobre todo la seguridad de los datos. Sirven para proteger la privacidad de los usuarios, pero también crean obstáculos insuperables para poder recuperar activos digitales aun siendo los de un familiar fallecido. Debemos suponer que las leyes incluyan en un futuro soluciones para estos supuestos, pero no será mañana. Debes dejar a tus familiares esas claves y permisos o todo se perderá contigo.
- Leyes sobre protección de datos. De forma similar, las leyes prohíben que otras personas accedan a tus cuentas en redes sociales y otras webs. Así, tus redes sociales bloquearán tu cuenta si otra persona intenta entrar, sea o no tu cónyuge o tus hijos. Puede que consigas un permiso judicial para acceder a las cuentas digitales de un familiar fallecido, pero te costará mucho tiempo y dinero en los juzgados con las multinacionales enfrente.
Consejos para mantener tus activos digitales bajo control, sin miedo a perderlos
- Haz una lista de tus activos digitales y de tus contraseñas y explica qué quieres que se haga con esas cuentas en redes sociales y demás cuando no estés. Pero, sobre todo, di qué tienes y dónde lo tienes junto con las claves y permisos para que accedan a ello. Guarda la lista en lugar seguro.
- Entiende qué tienes y si puede o no ser transmitido a otra persona. Vamos, si has adquirido bienes digitales o solo el derecho a utilizarlos tu y durante un tiempo.
- Del mismo modo que haces copias de seguridad de tus activos digitales y los subes a la nube, haz copias de seguridad de lo que subes a la nube en un ordenador o similar para que otros puedan acceder a ellos de forma más sencilla.
- Pon en manos de un notario los documentos necesarios que permitan el acceso a tus activos digitales (consentimientos) y otros en los que se recoja tu voluntad de permitir que ellos puedan acceder, cambiar o recuperar tus contraseñas para poder entrar en ciertas webs o tener acceso a donde tengas tus activos digitales.
Si dispones un número significativo de activos digitales plantéate la figura de un tutor legal o persona con experiencia en esta clase de activos para que los gestione y los reparta según tu voluntad.
En conclusión, a medida que nuestra vida se ha hecho más digital, debemos pensar en los activos que dejamos a nuestros familiares y valorar la mejor manera de dejárselos para que puedan disfrutarlos o venderlos cuando ya no estemos. Tampoco debemos olvidar qué queremos que se haga con esas cuentas en redes sociales y su contenido cuando ya no estemos para disfrutarlas, y manifestarlo por escrito.
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