Esta situación planteaba una subida irregular en los precios de vehículos nuevos durante varios años y superó en consultas a las habituales sobre las garantías de compra, reclamaciones a talleres o problemas de financiación.
Hoy vamos a revisar en qué consistió este Cártel de los concesionarios, cómo pudo afectarte y qué consecuencias puede tener para algunos propietarios de vehículos.
¿Cuál es el problema en origen?
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) detectó que 21 empresas del sector automoción intercambiaron información comercialmente sensible y estratégica en el mercado español de la distribución y los servicios de postventa.
Esta situación se produjo entre los años 2006 y 2013. Durante esos años, esta práctica anticompetitiva elevó los precios de los vehículos, por lo que los compradores pagaron más de la cuenta. En concreto, muchos de los coches que se adquirieron entre esos años podrían llevar un sobreprecio de entre el 10% y el 15%, que es lo que se reclama ahora.
Así, entre los años 2015 y 2016, la CNMC multó a 21 fabricantes, 172 concesionarios y dos consultoras por práctica anticompetitivas. La CNMC demostró que estas empresas habían acordado fijar los precios de los coches, lo que supuso un claro perjuicio a los consumidores, que pagaron por sus vehículos más de lo que correspondía.
Las empresas afectadas recurrieron a la Audiencia Nacional y ya en 2021 empezaron a recibirse las ratificaciones por parte del Tribunal Supremo de que las multas de la CNMC eran correctas. Al ratificarse las sanciones, la justicia abre una nueva vía judicial a los afectados y les permite exigir una compensación a estas empresas.
El Tribunal Supremo da la razón a la CNMC
Aunque las empresas implicadas han recurrido las multas al Tribunal Supremo, éste entiende que el expediente:
“reúne elementos probatorios e indiciarios suficientes de que, mediante una conducta coordinada entre empresas competidoras, se ha producido tal intercambio (…) con el objeto de sustituir conscientemente los riesgos de la competencia por una cooperación práctica entre ellas”.
Por ello, el TS afirma que resulta:
“incuestionable que un intercambio de esas características es dañino para la competencia” porque es “apto para suprimir la incertidumbre sobre el comportamiento en el mercado de las marcas respecto a parámetros estratégicos, reduce la independencia de la conducta entre las marcas partícipes en el mismo y disminuye los incentivos para competir”.
Por último, el Tribunal Supremo indica que parte de la información compartida hace referencia a la remuneración y a los márgenes comerciales de las redes de concesionarios, con datos relativos a elementos y variables con influencia en el precio final de venta.
Entonces, ¿cómo puede afectarme?
Por lo tanto, si compraste un coche entre febrero de 2006 y agosto de 2013 tienes derecho a una indemnización que se sitúa entre el 10% y el 15% del precio de compra. Puesto que la resolución afecta a un gran número de marcas (unos 147 concesionarios que suponen el 91% de las marcas), se estima que puede haber más de diez millones de clientes afectados.
Entre las marcas implicadas en el Cártel de concesionarios se encuentran:
Citroën España, B&M Automóviles España, BMW Ibérica, Chevrolet España, Chrysler España, Fiat Group Automobiles Spain, Ford España, General Motors España, Honda Motor Europe Limited en España, Hyundai Motor España, Kia Motor Iberia, Mercedes Benz España, Nissan Iberia, Peugeot España, Renault España Comercial, Toyota España o Volvo Car España.
Para poder reclamar lo que te corresponde hay varias calculadoras en Internet que confirmarán si eres o no uno de los afectados. De ser así, tendrás que poner una reclamación a través de un abogado especialista en este tipo de delitos o sumarte a las demandas colectivas de asociaciones como CACC (Consumidores Afectados por el Cartel de los Coches), la AACC (Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches) o la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios).
En cualquier caso, cada reclamación será analizada por separado y ponerla pasa por tener el contrato de compraventa, la factura de compra del vehículo y la ficha técnica del coche. Los vehículos afectados podían ser tanto nuevos como de ocasión y el margen para presentar estas reclamaciones es de poco más de un año.
En principio, y puesto que el Tribunal Supremo ha dado la razón a los consumidores y ratificado las denuncias de la CNMC, se considera que hay muchas posibilidades de que se obtenga un fallo favorable por estas reclamaciones.
Eso sí, conviene saber que presentar la demanda correspondiente conlleva abonar a la asociación o abogado un dinero. En algunos casos, sus honorarios suponen un porcentaje de la reclamación que puede rondar el 30%, por lo que debes valorar si te compensa o no reclamar.
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